La pregunta de la tarde de ayer, pero sobre todo de la mañana de hoy, es la siguiente: ¿Por qué Lorena Wiebes corrió el scratch sin tener los 250 puntos UCI reglamentarios que se determinan en el artículo 9.2.027 bis:?
- Un corredor debe haber obtenido, para la prueba individual en particular y la madison, al menos 250 puntos en la respectiva Clasificación UCI de Pista utilizada para establecer las cuotas de clasificación de acuerdo con el artículo 9.2.023.
Foto: UCI Track |
No vamos a entrar, por tanto, en este aspecto y que con la
participación de Wiebes se ha dado una relevancia a este scratch que sin ella
no hubiera tenido, aunque hubiera ganado incluso la doble campeona olímpica,
Jennifer Valente, que tuvo que conformar con la plata.
Pero de la misma manera, entendemos perfectamente el malestar
de decenas de corredoras que tienen que ir mendigando puntos por todo el
orbe para poder sumar esos 250 que les permitan estar no ya en un Mundial,
simplemente en una Copa de las Naciones.
Por ello quedaría mucho mejor una precisión reglamentaria,
que determinase claramente qué corredores, por ejemplo con una presencia en otros rankings (aunque
fueran de otras disciplinas), pudieran ser objeto de estas excepciones. Algo
que curiosamente contempla la Normativa de una Federación tan poco amante de la
pista como la Española respecto a sus Campeonatos.
Aunque sería mucho mejor que se produjera una ‘integración’
entre la carretera y la pista a nivel de rankings, aunque es algo a
lo que me referiré más ampliamente la próxima semana, ya que hay
interesantes opciones que deberían tenerse en cuenta.
No hay comentarios:
Publicar un comentario